- TENGO QUE PRESENTAR LA NACIONALIDAD Y NO ESTOY TRABAJANDO, SE PUEDE?
Si puede acreditar ingresos, si. Es importante estar de alta en Seguridad Social o cobrando alguna prestación del Estado.
También puede aportar los medios económicos de algún familiar que viva con usted en la vivienda.
8. VIVO EN UNA LOCALIDAD DONDE ME DAN CITA PARA PRESENTAR LA NACIONALIDAD DE AQUÍ A 2 AÑOS, LA PUEDO PRESENTAR EN OTRO SITIO?
La nacionalidad debe presentase en el registro civil que corresponda a su domicilio, es decir, que lo que va a tenerse en cuenta es donde esté empadronado.
- SOY ECUATORIANA Y MI HIJO ES NACIDO EN ESPAÑA, ES ESPAÑOL?
La nacionalidad española a los nacidos en España no se otorga automáticamente por el hecho del nacimiento. Es necesario mirar la legislación del país de nacionalidad de los padres, si la misma no otorga al menor la nacionalidad podrá solicitar que se le otorgue la española con valor de simple presunción.
En su caso, como la ley ecuatoriana fue modificada en octubre de 2008, si su hijo nació después de esa fecha ya no le corresponde la nacionalidad española, sino la ecuatoriana de origen.
- TENGO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, HASTA QUE EDAD PUEDO DARSELA A MIS HIJOS?
Si eran menores de edad cuando juró hasta los 20. Pasados los 20 tendrán que tramitarla por residencia.
(*) mirar legislación propia del país sobre la mayoría de edad.
- PUEDO TRAMITAR LA NACIONALIDAD DE MIS HIJOS EN MI PAÍS?
Si, siempre que reúnan los requisitos para ello. La documentación es la misma que les pedirían en España, salvo en algún consulado en el que para evitar fraudes piden un certificado negativo del Registro Civil Central que acredite que no se ha tramitado la nacionalidad en España.
- TENGO 2 HIJOS MENORES EN ESPAÑA, Y LES QUIERO TRAMITAR LA NACIONALIDAD, PERO EL PAPA NO SE ENCUENTRA EN ESPAÑA, QUE HAGO?
El padre tiene que dar una autorización notarial para poder solicitar la nacionalidad de los niños.
Si se desconoce el paradero de uno de los progenitores, se suele aceptar el testimonio de 2 testigos que manifiesten esta circunstancia. También es posible sustituir la autorización paterna / materna por una judicial, en interés del menor.
ELVIRA RODRIGUEZ ABOGADA DE ANTONIO SEGURA ABOGADOS Y GESTORES