• NACIONALIDAD ESPAÑOLA - PREGUNTAS FRECUENTES 3

     

    1. TENGO QUE PRESENTAR LA NACIONALIDAD Y NO ESTOY TRABAJANDO, SE PUEDE?
     
    Si puede acreditar ingresos, si. Es importante estar de alta en Seguridad Social o cobrando alguna prestación del Estado.
    También puede aportar los medios económicos de algún familiar que viva con usted en la vivienda.
     
     
          8.      VIVO EN UNA LOCALIDAD DONDE ME DAN CITA PARA PRESENTAR LA NACIONALIDAD DE AQUÍ A 2 AÑOS, LA PUEDO PRESENTAR EN OTRO SITIO?
     
    La nacionalidad debe presentase en el registro civil que corresponda a su domicilio, es decir, que lo que va a tenerse en cuenta es donde esté empadronado.
     
     
    1. SOY ECUATORIANA Y MI HIJO ES NACIDO EN ESPAÑA, ES ESPAÑOL?
     
    La nacionalidad española a los nacidos en España no se otorga automáticamente por el hecho del nacimiento. Es necesario mirar la legislación del país de nacionalidad de los padres, si la misma no otorga al menor la nacionalidad podrá solicitar que se le otorgue la española con valor de simple presunción.
    En su caso, como la ley ecuatoriana fue modificada en octubre de 2008, si su hijo nació después de esa fecha ya no le corresponde la nacionalidad española, sino la ecuatoriana de origen.
     
     
    1. TENGO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA, HASTA QUE EDAD PUEDO DARSELA A MIS HIJOS?
     
    Si eran menores de edad cuando juró hasta los 20. Pasados los 20 tendrán que tramitarla por residencia.
    (*) mirar legislación propia del país sobre la mayoría de edad.
     
     
    1.  PUEDO TRAMITAR LA NACIONALIDAD DE MIS HIJOS EN MI PAÍS?
     
    Si, siempre que reúnan los requisitos para ello. La documentación es la misma que les pedirían en España, salvo en algún consulado en el que para evitar fraudes piden un certificado negativo del Registro Civil Central que acredite que no se ha tramitado la nacionalidad en España.
     
     
    1. TENGO 2 HIJOS MENORES EN ESPAÑA, Y LES QUIERO TRAMITAR LA NACIONALIDAD, PERO EL PAPA NO SE ENCUENTRA EN ESPAÑA, QUE HAGO?
     
    El padre tiene que dar una autorización notarial para poder solicitar la nacionalidad de los niños.
    Si se desconoce el paradero de uno de los progenitores, se suele aceptar el testimonio de 2 testigos que manifiesten esta circunstancia. También es posible sustituir la autorización paterna / materna por una judicial, en interés del menor.
     
     ELVIRA RODRIGUEZ ABOGADA DE ANTONIO SEGURA ABOGADOS Y GESTORES
     

     

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    Comentarios

    juan28/07/2011 12:35:19

    Hola,queria hacer una consulta,no estoy trabajando y quiero presentar los requisitos para nacionalidad española,estoy casado hace 2 años.queria saber si puedo presentar las nominas de mi mujer.gracias.

    RESPUESTA:
    La solicitud de nacionalidad española requiere justificar los medios de vida con que se cuenta en España. Lo normal es aportar contrato de trabajo y nóminas, pero se acepta cualquier medio de vida, incluidas prestaciones, subsidios, etc. También se pueden aportar los medios económicos de familiares como padres, cónyuges, etc. En este supuesto, la persona que presta sus medios de vida, en su caso su esposa, debe acompañarle en el momento de efectuar su solicitud y firmar conforme se hace cargo de sus medios económicos.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    mayra bello fernandez27/07/2011 05:33:48

    mi esposo se acogio a la ley de memoria historica y tiene ahora la ciudadania española , puede nuestra hija de 28 años y con la condicion de discapacitada acogerse a la ciudadania por su papa .

    RESPUESTA:
    Tiene que estar sujeta a la patria potestad de un español. Es decir, no es suficiente con que sea discapacitada, sino que debe estar incapacitada legalmente. En ese caso, la declaración de opción la formula el representante legal del optante incapacitado y se requiere autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del declarante, previo dictamen del Ministerio Fiscal. Dicha autorización se concede en interés del incapaz.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)



    jaime23/07/2011 15:26:58

    hola mi pregunta es tengo 11 años en españa y tube un problema de alcolemia ase 4 años y kisiera saver si pudiera acer la nacionalidad sin ningun problema

    RESPUESTA:

    El solicitante de una nacionalidad española por residencia debe justificar, en el expediente regulado por la legislación del Registro Civil, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española. Aunque puede depender del caso concreto, la tenencia de antecedentes penales es considerada un claro indicio de que no existe buena conducta cívica.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    mariam16/07/2011 22:20:13

    puedo obtener la nacionalidad española con mis niñas que han en españa y yo con residencia de 10 años aqui, y es más rápido de obtenirla. gracias

    RESPUESTA:
    Como norma general, se necesitan 10 años de residencia legal y continuada en nuestro país para poder solicitar la nacionalidad española. Este tiempo cuenta desde que usted tiene permiso de residencia en España. Si usted es de alguno de los países iberoamericanos, Guinea Ecuatorial, Portugal, Filipinas o Andorra; o sefardita, el tiempo mínimo de residencia exigido es de 2 años.

    Una vez verificado que lleva el tiempo mínimo, deberá dirigirse al registro civil de su domicilio para determinar, en su caso, cuales son los requisitos exactos que necesita para realizar su solicitud de nacionalidad española.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

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