|
 |
 |
|
PREGUNTAS FRECUENTES NACIONALIDAD ESPAÑOLA |
 1. TENGO MI SEGUNDA RESIDENCIA, PUEDO YA PEDIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?
Para pedir la nacionalidad (si eres latino) tienes que llevar dos años residiendo legalmente en España. Con la segunda tarjeta ya puedes empezar los trámites.
Si eres de un país de los que no tienen convenio de doble nacionalidad, necesitas 10 años de residencia legal en España.
2. MI ESPOSO ES ESPAÑOL, CUANDO PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD?
La nacionalidad no se otorga automáticamente por estar casado con ciudadano español, necesita llevar un año residiendo legalmente antes de pedir la nacionalidad.
3. MI ESPOSO ES HOLANDES, CUANDO PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD?
Si el cónyuge es comunitario, no da derecho al beneficio del año de residencia. Necesita los 2 años de residencia legal si es latino o de los países que tienen convenio, o 10 años si no lo es.
4. ¿ QUE PASA SI ME DIVORCIO DE MI ESPOSO ESPAÑOL/ COMUNITARIO?
Si no cambia su permiso de residencia comunitario, antes de haber pasado 3 meses desde la sentencia de divorcio, perderá los beneficios de haber estado casado con un español. Por lo tanto necesitará 2 / 10 años de residencia legal. Si ya tiene en trámite la nacionalidad debe solicitar igualmente el cambio de tarjeta de residencia.
5. SOY PERUANO Y LLEVO 2 AÑOS COMO ESTUDIANTE EN ESPAÑA, PUEDO PEDIR YA LA NACIONALIDAD?
No, los permisos de estudiante no son considerados por el Estado como residencia, sólo son permisos de estancia, por ello, para pedir la nacionalidad primero debe cambiar su autorización de estudiante por una de residencia y a partir de ahí empezar a contar el plazo de los 2 años a los efectos de solicitar la nacionalidad española.
ELVIRA RODRIGUEZ ABOGADA DE ANTONIO SEGURA ABOGADOS Y GESTORES
consultorio@antoniosegura.es

|
|
 |
 |
| |
VALERY dijo:
21/12/2009 11:19:11 |
| |
MIRA QUISIERA SABER CUAANTO TIEMPO SE DEMORA EN DAR LA RESPUESTA DESPUES DE HABERSE ENTREVISTADO CON LA POLICIA PORQUE SOLICITE LA NACIONALIDAD EN OCTUBRE DEL 2008 GRACIAS ANTE TODO |
 |
 |
| |
jorge g. dijo:
21/12/2009 09:11:48 |
| |
Hola, soy un colombiano, me case en el 2005 con una mujer española pero por razones de el destino me divorcie este año en febrero 2009 y he tenido que salir de España por razones familiares pero como he estado trabajando de manera regular desde el 2005, deseo regresar y continuar con mi empleo y poder tramitar mi nacionalidad. Me gustaria que me aconsejara que debo hacer para poder continuar en un estado regular y legal. gracias
|
 |
 |
| |
lourdes dijo:
20/12/2009 01:21:16 |
| |
quisiera saber por favor si aun puedo sacar la nacionalidad para mi hija que nacio aqui el 22 de junio del 2009 y que rrequisitos se nesecitarian
RESPUESTA:
Como no indica cual es su nacionalidad, ni la del padre de su hija, no puedo responder a su consulta. Debría indicar la nacionalidad, o consultar en su consulado, si conforme a su ley personal le corresponde o no su nacionalidad a su hija.
Si desea consultar en este caso concreto, puede enviar su inquietud a: consultorio@antoniosegura.es |
 |
 |
| |
FLORA dijo:
16/12/2009 18:40:35 |
| |
HOLA SOY RUMANA Y ME GUSTARIA SAVER SI PUEDO PEDIR LA NACIONALIDA ESPAÑOLA Y QUE PAPELES SON NECESARIOS GRACIASA UN SALUDO.
Respuesta:
Para las personas de nacionalidad rumana, el tiempo mínimo de residencia en España para poder solicitar la nacionalidad española es de 10 años. Si usted reune este requisito puede iniciar sus trámites de nacionalidad. En cuanto a los documentos básicos: certificado de nacimiento y antecedentes penales de su país de origen legalizados y traducidos por intérprete jurado, volante de empadonamiento, medios de vida, pasaporte y NIE.
Para formular otras consultas puede dirigirse a: consultorio@antoniosegura.es |
 |
 |
| |
Arturo Arcangel Sosa londoño. dijo:
16/12/2009 17:03:55 |
| |
Hace unos 15 meses que solicité la nacionalidad española y quisiera saber si ya han salido las listas .Mi nombre es Arturo Arcangel Sosa Londoño,natural de Medellín ,Colombia y llevo con residencia en España 8 Años.Gracias
RESPUESTA:
Si usted h tramitado la nacionalidad por residencia, comunicarle que no se publican listas de concesiones. La respuesta a su solicitud de nacionalidad le llegará por correo a casa, y le será notificada oficialmente en el registro civil donde usted inició los trámites. El tiempo de resolución estimado ronda los 2 años y medio, pero si quiere saber sobre el estado de tramitación de su expediente puede llamar al teléfono de información del Ministerio de Justicia: 902.007.211.
Para otras consultas puede dirigirse a: consultorio@antoniosegura.es |
 |
 |
| |
WALTERIO dijo:
11/12/2009 17:32:55 |
| |
HOLA, BUENOS DIAS, SOY DEL PERU Y MI CASO ES EL SIGUIENTE: ME ENCUENTRO REAGRUPADO POR MI MUJER Y ESTOY EN ESPAÑA DESDE EL MES DE NOVIEMBRE DEL 2007, Y LAS RENOVACIONES QUE HE HECHO HAN SIDO DE ACUERDO A LA TARJETA DE MI MUJER, PERO EN MARZO DEL 2009 VIAJE AL PERU POR EL MATRIMONIO DE MI HIJA, Y MI ESTANCIA AHI SE PROLONGO HASTA EL MES DE JULIO DEL 2009 POR MOTIVOS DE SALUD (TRES MESES Y MEDIO APROX); AHORA QUIERO HACER MI NACIONALIDAD Y ME PREOCUPA LO DEL TIEMPO DE PERMANENCIA LEGAL Y CONTINUADA EN ESPAÑA; QUISIERA SABER DESDE EL PUNTO DE VISTA LEGAL SI ESTE PERIODO DE AUSENCIA EN MI PAIS ME PERJUDICA PARA PRESENTAR MI NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA; MI TRAJETA ACTUAL LA TENGO VIGENTE HASTA SET. DEL 2013 TODA VEZ QUE ES LA FECHA QUE CADUCA TAMBIEN LA TRAJETA DE RESIDENCIA DE MI MUJER AL TENER ELLA LA TARJETA DE RESIDENCIA DE LARGA DURACION./ GRACIAS POR SU RESPUESTA. WALTERIO |
 |
 |
| |
patricia dijo:
10/12/2009 18:54:55 |
| |
hola,me acaban de aprobar la nacionalidad española es necesario renovar la tarjeta que me tocaria ya la permanente,es que tengo 2 niñas de 20 y 19 años y vinieron reagrupadas por mi,si a mi me aprobaron la nacionalidad que les corresponderia tener a ellas o que me aconsejan,renovar mi tarjeta para que a ellas les toque la tarjeta permanente...espero respuesta,gracias |
 |
 |
| |
vany dijo:
10/12/2009 10:57:11 |
| |
HolA, SOY PERUANA tengo 4 años legales en españa,solicite la nacionalidad española por residencia en el mes de julio 2009,el 19 de noviembre me case en mi pais (PERU) . Mi esposo es peruano con doble nacionalidad . EL DIA 2 DE DICIEMBRe me llamaron de la comisaria del retiro y me dieron cita para 11 de diciembre de los cuales aun no tengo todos los papeles partida de matrimonio ,y lo del empadronamiento ya q estabamos empadronados en diferentes direcciones , mi pregunta es si puedo seguir solicitando por residencia o por matrimonio ,si me traeria problemas legales y cual mas rapido de obtener la doble nacionalidad .gracias. |
 |
 |
| |
VANESSA dijo:
09/12/2009 23:21:07 |
| |
hola buen dia, en Julio de este año presente mi nacionalidad en l`hospitalet, y ahora me mude para barcelona, que carta tengo que presentar y a donde??? |
 |
 |
| |
LUCINEIDE dijo:
09/12/2009 13:49:35 |
| |
Hola, soy brasileña casada con un español ha dos años lo que necesita para pedir la nacionalidad española. Gracias. |
 |
|
 |
| Deja tu comentario en la noticia |
|
| |
|
PREGUNTAS FRECUENTES NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Concepto residencia legal en España, tiempo para solicitar la nacionalidad española, cómo contar el tiempo, lugar para presentar la solicitud de nacionalidad española.
PREGUNTAS FRECUENTES NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Dependerá del modo en que se realice la solicitud:
1. Presencial: La solicitud se realiza mediante uno de los impresos disponibles a través de esta página web y se presenta en el Registro Civil correspondiente a la localidad en la que resida en solicitante, junto con la documentación oportuna (más información). El modelo de solicitud también pu..
PREGUNTAS FRECUENTES NACIONALIDAD ESPAÑOLA
Normas españolas y extranjeras relativas a la nacionalidad española: Constitución española, Código Civil, Ley y Reglamento del Registro Civil, Instrucciones de la Dirección General de los Registros y el Notariado, etc
|
|
|
La nacionalidad española. Todos los derechos reservados
Copernal Publishing S-L. . Isaac Peral 2 , 2ª ;28015, Madrid (España). Tlf: +34 91 543 22 41 E-Mail: juancarlos@clubraiz.com
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 19 387, Folio 113, Sección 8ª, Hoja M-340011, con CIF B-83804146.
|
|
|