• PREGUNTAS FRECUENTES 1

    1.      TENGO MI SEGUNDA RESIDENCIA, PUEDO YA PEDIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?

     
    Para pedir la nacionalidad (si eres latino) tienes que llevar dos años residiendo legalmente en España. Con la segunda tarjeta ya puedes empezar los trámites.
    Si eres de un país de los que no tienen convenio de doble nacionalidad, necesitas 10 años de residencia legal en España.
     
    2.      MI ESPOSO ES ESPAÑOL, CUANDO PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD?
     
    La nacionalidad no se otorga automáticamente por estar casado con ciudadano español, necesita llevar un año residiendo legalmente antes de pedir la nacionalidad.
     
    3.      MI ESPOSO ES HOLANDES, CUANDO PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD?
     
    Si el cónyuge es comunitario, no da derecho al beneficio del año de residencia. Necesita los 2 años de residencia legal si es latino o de los países que tienen convenio, o 10 años si no lo es.
     
    4.      ¿ QUE PASA SI ME DIVORCIO DE MI ESPOSO ESPAÑOL/ COMUNITARIO?
     
    Si no cambia su permiso de residencia comunitario, antes de haber pasado 3 meses desde la sentencia de divorcio, perderá los beneficios de haber estado casado con un español. Por lo tanto necesitará 2 / 10 años de residencia legal. Si ya tiene en trámite la nacionalidad debe solicitar igualmente el cambio de tarjeta de residencia.
     
    5.      SOY PERUANO Y LLEVO 2 AÑOS COMO ESTUDIANTE EN ESPAÑA, PUEDO PEDIR YA LA NACIONALIDAD?
     
    No, los permisos de estudiante no son considerados por el Estado como residencia, sólo son permisos de estancia, por ello, para pedir la nacionalidad primero debe cambiar su autorización de estudiante por una de residencia y a partir de ahí empezar a contar el plazo de los 2 años a los efectos de solicitar la nacionalidad española.

    ELVIRA RODRIGUEZ  ABOGADA DE ANTONIO SEGURA ABOGADOS Y GESTORES

    consultorio@antoniosegura.es

    www.segura-abogados.com

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    Comentarios

    David28/07/2011 20:05:37

    Hola,soy español y estoy casado con una mujer cubana. Ella hace como año y medio que pidió la nacionalidad por residencia al estar casado conmigo. Ahora pensamos en el divorcio, pero antes me gustaría saber si el divorcio puede afectar a su expediente de nacionalidad,pues yo no quiero perjudicarla. De ser así, esperaría hasta que tuviera la nacionalidad.
    Gracias

    RESPUESTA:
    El divorcio afectará al expediente de nacionalidad ya que no podría acogerse al plazo privilegiado de 1 año de residencia.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    Nancy Stella Quintero24/07/2011 21:17:37

    Llevo 11 años viviendo en españa y quiero saber que requisitos necesito para la nacionalidad y si con la ayuda te la concederian? Tengo que pedir cita? y cuanto tiempo me tardaria.Gracias.

    RESPUESTA:
    Como norma general, se necesitan 10 años de residencia legal y continuada en nuestro país para poder solicitar la nacionalidad española. Este tiempo cuenta desde que usted tiene permiso de residencia en España. Si usted es de alguno de los países iberoamericanos, Guinea Ecuatorial, Portugal, Filipinas o Andorra; o sefardita, el tiempo mínimo de residencia exigido es de 2 años.En algunos supuestos, como por ejemplo matrimonio con español o nacido en España, basta con 1 año.

    Una vez verificado que lleva el tiempo mínimo, deberá dirigirse al registro civil de su domicilio para determinar, en su caso, cuales son los requisitos exactos que necesita para realizar su solicitud de nacionalidad española.

    Le recomendamos que consulte el apartado dedicado a la nacionalidad española por residencia, donde podrá encontrar información más detallada.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    Evelyn24/07/2011 02:05:53

    Hola mi hijo nació en España pero tiene nacionalidad ecuatoriana, tue q salir con el niño de España x problemas familiares con destino Ecuador y quiero saber si mi hijo q tiene 2 meses de vida puede entrar sin problema a España ya que solo tiene el pasaporte ecuatoriana...

    RESPUESTA:
    Lo sentimos pero esta web está dedicada, en exclusiva, a la nacionalidad española. Si lo desea, puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    Beatriz Merida Perez18/07/2011 08:07:54

    quiero saber si cuando sea entrevistada por la policia no tengo trabajo que puede pasar

    RESPUESTA:
    La solicitud de nacionalidad española requiere justificar los medios de vida con que se cuenta en España, también en la entrevista ante la policía. Lo normal es aportar contrato de trabajo y nóminas, pero se acepta cualquier medio de vida, incluidas prestaciones, subsidios, etc. También se pueden aportar los medios económicos de familiares como padres, cónyuges, etc. En este caso la persona que presta sus medios de vida, debe acompañarle en el momento de efectuar su solicitud, y firmar conforme se hace cargo de sus medios económicos.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)


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