• PREGUNTAS FRECUENTES 2

     6. ESTOY TRAMITANDO MI SOLICITUD DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA, Y HE INCLUIDO LOS CERTIFICADOS DE NACIMIENTO DE MIS HIJOS MENORES, LES SALE A ELLOS TAMBIÉN?

     
    No, la solicitud de nacionalidad es únicamente para usted. Poner los certificados de nacimiento de sus hijos es un requisito que marca la ley, y que le ayudará una vez tenga la suya para solicitar la de sus hijos.
     
     7.      MISMO CASO, LE SALDRÁ TAMBIÉN LA NACIONALIDAD A MI MARIDO?
     
    No, las solicitudes de nacionalidad son individuales, cada solicitante debe cumplir por si mismo los requisitos que marca la ley. En el caso de su esposo, el de residencia legal y continuada en España.
     
     
    1. ME HAN DICHO QUE NECESITO UN CONTRATO DE PISO PARA TRAMITAR LA NACIONALIDAD, ES CIERTO?
     
    No, para tramitar la nacionalidad le pedirán el certificado de empadronamiento. Para cumplimentar la segunda parte de los requisitos, en policía, deberá demostrar donde vive, pero no es necesario que sea titular de la vivienda.
     
     
     
    1. MI ABUELO/A ERA ESPAÑOL, PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD?
     
    Directamente no, necesitas ser residente legal al menos 1 año, para poder pedir la nacionalidad.
    Si puedes demostrar que tu abuelo fue exiliado también puedes acogerte a la nacionalidad por opción en virtud de la Disposición Adicional 7ª de la Ley de Memoria Histórica. Date prisa la opción caduca en diciembre de 2010.
     
     
     
    1.  MI PADRE/MADRE ES ESPAÑOL, PUEDO PEDIR LA NACIONALIDAD?
     
    Si tu padre / madre es español y nacido en España, sí; en cualquier momento.
     
    Si tu padre / madre es español naturalizado, como máximo hasta 2 años después de haber obtenido la mayoría de edad, siempre que fueras menor cuando él / ella juró la nacionalidad.
     

    ELVIRA RODRIGUEZ ABOGADA DE ANTONIO SEGURA ABOGADOS Y GESTORES

    consultorio@antoniosegura.es

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    Comentarios

    maritmore10/05/2011 01:29:48

    e obtenido la nacionalidad española puedo pedir la nacionalidad española para mi hermana que tiene 43 años y mi hija que tiene 24 y reciden en ecuador. gracias
    RESPUESTA:
    La nacionalidad sólo se transmite de padres a hijos, siempre que estos fueran menores de edad, en el momento de adquisición de la nacionalidad española. Si su hija era menor de 18 años en el momento en que usted prestó juramento, podrá solicitar la nacionalidad por opción hasta 1 día antes de cumplir los 20 años, en caso contrario, si desea ser española tienen que solicitar la nacionalidad por residencia en España.
    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    Daniel27/04/2011 20:56:12

    Hola , soy de nacionalidad egypcia con permiso de trabajo , me casé con una española 6 meses y tenemos un niño que solo lleve la nacionalidad española , hay una posibilidad para solicitar la nacionalidad española?
    RESPUESTA: La nacionalidad sólo se transmite de padres a hijos, siempre que estos fueran menores de edad, en el momento de adquisición de la nacionalidad española. El resto de familiares, padres, cónyuge, hermanos, etc, si desean ser españoles tienen que solicitarla por residencia en España.
    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    claudia07/03/2011 20:39:43

    Tengo una amiga casada con un español,con nacionalidad italiana y con un papel que justifica que trabaja aqui en españa,pero sin tarjeta de residencia ni DNI español,vive hace 19 años.¿como puede obtener la nacinalidad española? ¿es verdad que debe renunciar a la italiana? RESPUSTA: Su amiga debe tener el número de registro como ciudadana comunitaria (hoja verde). Los ciudadanos que tramitarn la nacionalidad española, y que no son originarios de paises iberoamericanos, Guinea Ecuatorial, Filipinas, Portugal o Andorra, deben renunciar a su nacionalidad en el momento de aceptar la nacionalidad española. Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    larbi1121/12/2009 14:03:44

    hola. mi pregunta soy saharaui mis padres espanoles tengo todos los papeles que lo demuestran que puedo hacer

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