• NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR CARTA DE NATURALEZA

    Requisitos para adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza.

    Esta forma de adquisición de la nacionalidad, será otorgada o denegada discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.

    Requisitos para poder solicitarla

    . Pueden solicitarla:

    • El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.

    • El mayor de 14 años asistido por su representante legal.

    • El representante legal del menor de 14 años.

    • El incapacitado por sí solo o el representante legal del incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

    Lugar de presentación de la solicitud de nacionalidad española por carta de naturaleza.

    Ha de dirigir su solicitud a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, Dirección General de los Registros y del Notariado, Plaza de Jacinto Benavente, número 3. Madrid 28071.

    Puede presentarla en:

    • En la Oficina Central de Información y Atención al Público del Ministerio de Justicia. C/ San Bernardo 45, entrada por calle Manzana. Madrid 28071.

    • En el Registro Auxiliar del Ministerio de Justicia. Dirección General de los Registros y del Notariado. Plaza de Jacinto Benavente, número 3. Madrid 28071.
    • En el Registro de cualquier órgano de la Administración General del Estado (p.ej, Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones) o de una Comunidad Autónoma.
    • En una oficina de correos.

    • En el Registro Civil de su domicilio y el Registro la enviará a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.

    Si no reside en España, puede presentarla en el Consulado de España en el país en que resida y el Consulado la enviará a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil.

    Obtención de la solicitud de nacionalidad española Puede obtener la solicitud:

    1. Descargando el modelo. Modelo de solicitud de nacionalidad por carta de naturaleza.

    2. En la Oficina de Atención al Público de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Plaza de Jacinto Benavente número 3, Madrid 28071.

    3. En la Oficina Central de Información y Atención al Público del Ministerio de Justicia. C/ San Bernardo 45, entrada por calle Manzana. Madrid 28071.

    4. En el Registro Civil de su domicilio.

    Documentación que ha de acompañar a la solicitud de nacionalidad española

    • Certificado literal de nacimiento, legalizado o apostillado, y en su caso, traducido.

    • Certificado original de matrimonio, legalizado o apostillado, y en su caso, traducido.

    • Además, si el cónyuge además es español/a certificado literal de nacimiento del mismo.

    • Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales.

    • Otros documentos que el interesado estime oportunos.

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    Comentarios

    neni18/07/2011 00:42:51

    he solicitado la nacionalidad española por carta de naturaleza por moivos de enfermedad tengo cancer mi abuelo español mi padre español no nacido en españa tengo posibilidad de que me la otorguen que tiempo mas llevo dos años gracias qusiera su valoracion y respuestas gracias

    RESPUESTA:
    La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales. Por lo tanto, depende de una decisión del Gobierno.(Vea en esta página "Nacionalidad española por carta de naturaleza").

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    said18/06/2011 01:33:30

    mi expediente de la solicitud de la nacionalidad espanola por carta de naturaleza 6.2.1 N-786/2007-1. me dicen que tu informe de la policia general y de la guardia civil estan completos y tu solicitud esta en tramites in la orden de entrada esta en calification quiero saber cuanto mas tiempo tengo que esperar por fabor gracias.
    RESPUESTA:
    La nacionalidad por carta de naturaleza, es un trámite excepcional que se tramita en el Ministerio de Justicia, pero es resuelto por el Consejo de Ministros. No tiene una fecha concreta de resolución.
    Puede consultar el estado de su expedinete en el teléfono de información del Ministerio de Justicia: 902.007.214.
    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    reda13/05/2011 17:11:04

    hola buenas tardes , quiero saber una cosa, si se puede recoger la carta de la conecpcion de la nacionalidad desde el ministerio o no ,concedida la nacionalidad en fecha 09/05/11 ,
    RESPUESTA:
    Una copia de la resolución donde se comunica la concesión de la nacionalidad llegará a su domicilio, y otra al registro civil donde usted tramita la nacionalidad.
    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

    Leonardo11/05/2011 01:35:48

    Buenos Dias,
    Es possible conseguir la nacionalidad espanhola atraves de inversiones hechas em Espanha?
    Atenciosamente,

    Leonardo Arguello

    RESPUESTA:

    No. De manera general se requiere la residencia legal en nuestro país para poder solicitar la nacionalidad española. Existe la concesión e la nacionalidad por carta de naturaleza, cuando el Gobierno, por causa de un interés especial para el Estado, la otorga.

    Para más información puede remitir un correo a: consultorio@antoniosegura.es, o efectuar consultas personalizadas, previo pago de la mismas, siguiendo las instrucciones facilitadas en nuestra página web: www.segura-abogados.com. (consulta on-line).
    Atentamente, Elvira Rodríguez (abogada)

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